viernes, 6 de marzo de 2015

CNMV Vs BANCO DE ESPAÑA

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha presentado junto con el Fondo de Reestructuración (FROB) un nuevo informe en la Audiencia Nacional. Mediante este documento, ambos organismos contradicen el informe que en su día presentaron los peritos del Banco de España ante el mismo Juez Fernando Andreu. Y francamente, no creo que sea el último contrainforme que se presente en la Audiencia.

Si analizamos detenidamente este hecho, vemos que rápidamente se desprende de él algo muy significativo: la CNMV y el Banco de España no están de acuerdo en lo que a los acontecimientos que rodean la salida a bolsa de Bankia se refiere.

Pero quizá deberíamos recordar las actuaciones de ambos organismos reguladores ante las últimas crisis que han generado en la banca algunos productos financieros o cláusulas de los mismos: Permutas financieras o Swaps, cláusulas suelo en las hipotecas, préstamos multidivisa, participaciones preferentes,… Ambos organismos permitieron en primer lugar la creación de todos estos productos, posteriormente se pelearon por echarse uno al otro la competencia respecto de los mismos, y ahora se contradicen en las circunstancias de su creación.

Evidentemente llegamos a la conclusión de que lo raro sería que estuvieran de acuerdo en esto. Lo raro, efectivamente, sería que ejercieran su función reguladora. Lo raro sería que el ciudadano estuviera protegido por ambos organismos.

 Mientras tanto, con tanto informe contradictorio, se consigue el objetivo principal, que no es otro que crear aun más incertidumbre en aquellos afectados por la compra de acciones que aun no han tomado la determinación de iniciar un procedimiento judicial reclamando su dinero.

Es normal que ante tanta noticia radicalmente opuesta a la inmediatamente anterior, existan dudas sobre si demandar o no. Pero, como ya decíamos en este otro post, el plazo sigue corriendo y mayo está cada vez más cerca.

 De forma paralela, se hacía pública hace dos días una nueva Sentencia que condena a Bankia por la comercialización de acciones a una menor, sobre la base del vicio en el consentimiento. Y esto hace que surjan todavía más dudas, en esta ocasión relativas al tipo de procedimiento a seguir.

Algunos despachos optan por la vía penal, otros por la vía civil y otros por la vía mercantil. De forma individual o de forma colectiva. Unos optan por basarse en el dolo, otros en el vicio en el consentimiento, y otros en la responsabilidad por el contenido del folleto.

Yo personalmente soy partidario de la vía civil individual, aunque no veo inconveniente en utilizar la posibilidad de acumulación subjetiva en casos de unidades familiares. Y de hecho, esta es la línea que estamos siguiendo en Ortiz Legal Abogados en la defensa de nuestros clientes. Ampliar la acumulación subjetiva a otros supuestos me parece más arriesgado, especialmente si tenemos en cuenta las resoluciones conocidas que llegan desde los Juzgados de Valencia.

En relación a la decisión crucial de si ir por dolo, por vicio o por el artículo 28 LMV, la mejor solución me sigue pareciendo el uso de las peticiones subsidiarias. A nivel profesional ya lo utilizaba en los procedimientos de Swaps y también para las participaciones preferentes.

No es que el resto de vías tengan que ser inadecuadas, simplemente se acerca el final del plazo y esta línea parece ser la que menos riesgo conlleva para los clientes. Por eso es la que mi despacho está defendiendo en los Tribunales.

2 comentarios:

  1. La CNMV y el Banco de España sí están de acuerdo en esto. Los que no se enteran son los peritos, independientemente de que trabajen en el Banco de España, ya que no han actuado como representantes de la institución.

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  2. La imagen es lamentable. Pero en España se puede ver de todo. He visto a economistas haciendo díctamenes importantes -en asuntos penales- en asunto de derecho urbanístico que ni siquiera los abogados no espacializados conocen.

    Desconocían totalmente los procedimientos de "aprobación inicial", "aprobación definitiva" propios del derechos urbanistico y se atrevían a hacer afirmaciones radicales propias de "la ignoracia es muy, muy,pero que muy atrevida".

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