Tal y como era de esperar,
Bankia ha filtrado la posibilidad de facilitar un proceso de arbitraje para los
afectados por la OPS que aun no hayan demandado.
Evidentemente, esta solución
tan aparentemente benévola surge después de que el Tribunal Supremo hiciera
públicas sus dos primeras sentencias en la materia (para los que no las hayan leído, podéis encontrarlas aquí).
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg4Cj2ci6sgwMTANabWPGXRCfZO7ysF6lGjR-Q3dirjwPdqWMe-qpWk8fZmsHXargs37GSN9zK8XTGnSGQnjZUm90E4X1hhn0qbJ7AhNwHYI5kceaXAZKhpYpCjATlgjiyq17MOAFDguUM/s200/ajedrez-de-maestro.jpg)
En todo caso, la situación de
los accionistas que acudieron a la OPS es distinta en este aspecto a la de los
preferentistas. En otras palabras, la duda que surge es ¿qué se pretende arbitrar aquí exactamente?
El Tribunal Supremo ha
dictaminado que las graves inexactitudes del folleto de la oferta pública
determinan un error en el consentimiento por parte de los adquirentes. No hay nada que arbitrar. La única solución
extrajudicial pasa por la devolución de las inversiones, y no por un
proceso que, por otra parte, podría alargarse varios meses.
Y he ahí la clave de la
maniobra: el paso de estos meses
beneficia a la entidad teniendo en cuenta el plazo de caducidad de la acción de
nulidad previsto para el mes de mayo.
La solución es, o se devuelve la inversión de forma directa, o se acude a la vía
judicial. Y más tras conocerse el criterio del Tribunal Supremo.
Estimado Víctor: Cordiales saludos para ti. Resulta interesante el análisis de uno de tantos abusos de los bancos, considerando la decisión judicial y el plazo de caducidad, el objeto de arbitraje se diluye frente a la devolución de las inversiones.
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