jueves, 28 de enero de 2016

Acciones Bankia: un breve análisis del comunicado del Tribunal Supremo

Ayer a mediodía saltaba la esperada noticia. El Tribunal Supremo hacía público un comunicado anunciando que rechazaba dos recursos de Bankia contra la anulación de la adquisición de sus acciones en su salida a bolsa. El tenor literal del comunicado lo reproduzco a continuación:

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, constituida en Pleno, ha resuelto dos recursos de BANKIA contra la anulación de la adquisición de sus acciones con ocasión de la Oferta Pública de Suscripción de acciones de 2011.

La Sala ha desestimado todos los motivos de los recursos, ha rechazado que la causa penal pendiente ante la Audiencia Nacional pueda paralizar las reclamaciones individuales en vía civil y ha confirmado que hubo error en el consentimiento por parte de los adquirentes debido a las graves inexactitudes del folleto de la oferta pública.

 El texto definitivo de las sentencias se dará a conocer una vez terminada su redacción.”

De este comunicado, a pesar de su brevedad, y todavía a la espera de poder tener acceso a la Sentencia, pueden sacarse ya, como mínimo, dos conclusiones muy alentadoras para los afectados por la suscripción de estos títulos.

Por un lado, parece quedar claro que no cabe la prejudicialidad penal tan insistentemente invocada por la defensa de la entidad. Esto era ya evidente y la práctica unanimidad de los Juzgados y Audiencias Provinciales así lo estaban viendo. No obstante, la invocación de dicha prejudicialidad ha sido utilizada como una maniobra a través de la cual se buscaba únicamente alargar los procedimientos todo lo posible a la espera de un hipotético pronunciamiento por parte del Tribunal Supremo a favor de la misma. El resultado ha sido justo el contrario, y es posible que esta petición comience progresivamente a desparecer de las contestaciones a las demandas.

Y, en segundo lugar, se habla de las “graves inexactitudes del folleto de la oferta pública”. Esto desvirtúa uno de los motivos que suelen ser expuestos en los recursos de Apelación interpuestos de forma sistemática por la defensa de la entidad, concretamente la afirmación de que los Juzgados de Primera Instancia están considerando como hecho notorio que el folleto informativo de la salida a bolsa no reflejaba la situación económica real de la entidad. En el comunicado queda, no obstante, acreditada la inexactitud.

En todo caso, esperaremos con impaciencia el contenido de la Sentencia para poder completar estas conclusiones.

1 comentario:

  1. Muy interesante caso, la nulidad de la suscripción de acciones, esperamos que nos comparta dicha sentencia.

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