Llegó el 25 de noviembre y,
como estaba anunciado, se produjo el canje. Los titulares de Bonos Convertibles
del Banco Popular se convirtieron en accionistas de la propia entidad a un
coste demasiado elevado.
Hablando ya de cifras
definitivas, el canje se produjo a un precio de 17,61 euros, siendo la
cotización en ese momento inferior a los 3,4 euros por acción. En definitiva,
hablamos de una pérdida de más de un
80 % en la inversión de los afectados por la comercialización de este
producto.
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Desde las fechas más próximas
al canje, los clientes fueron recibiendo ofertas de la entidad que pasaban por
transformar el producto en depósitos a plazo fijo, con una rentabilidad que
podía llegar hasta un 5 %. En algunos casos, llegaban a ofrecer incluso una
tablet. Cualquier cosa por evitar una reclamación judicial.
Eso sí, de recuperación del importe
íntegro nada. La entidad no devuelve
la inversión. En todo caso la reinvierte con plazos variables
dependiendo del caso. Todo ello, evidentemente, incluyendo la renuncia expresa del afectado a iniciar
cualquier tipo de reclamación por este producto.
En otras palabras: si se
acepta el acuerdo propuesto por Banco Popular, se renuncia a recuperar el
importe invertido por vía de una reclamación judicial. Se acepta el acuerdo con
todas las consecuencias.
Estos datos hacen plantearse
diversas cosas. En primer lugar, está claro que muchos afectados están aceptando
el acuerdo por no exponerse a un procedimiento judicial. Pero por otro lado no
es normal ofrecer depósitos a día de hoy con un rendimiento tan elevado. Si
Banco Popular ofrece depósitos a un 4-5 % con tal de evitar el procedimiento, ¿qué
es lo que teme perder en el juicio?
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